Los incentivos a la conversión de hipotecas a tipo variable a préstamos a tipo fijo que contemplael Proyecto de Ley de Crédito Inmobiliario aprobado este viernes en Consejo de Ministros se aplicarán con carácter retroactivo.
El proyecto de ley, que debe aún pasar por tramitación parlamentaria, limita las comisiones que pueden aplicarse por pasar de tener una hipoteca a tipo variable a una a tipo fijo. De esta limitación podrán beneficiarse los prestatarios con hipotecas en vigor, no solamente los que la firmen tras la aprobación de la norma, según han informado fuentes del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad.
Concretamente, el proyecto estipula que la comisión máxima de reembolso anticipado para una novación o cambio de entidad en la que se pacte un tipo fijo será del 0,25% en los tres primeros años y a partir de entonces desaparecerá. En la actualidad, no existen incentivos al cambio.
El ministro de Economía, Industria y Competitividad, Luis de Guindos, ha explicado este viernes en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que el objetivo de esta medida es facilitar el cambio al cliente, dado que el actual contexto de tipos bajos “no es normal ni habitual” y, desde luego, “no es lo que va a pasar a lo largo de una hipoteca de 25 años”.
Por otra parte, las medidas sobre vencimiento anticipado incluidas en el proyecto de ley también se podrán aplicar con una “retroactividad mínima”, según estas fuentes, pues solamente podrán darse en el caso de hipotecas en las que aún no haya tenido lugar un vencimiento anticipado.
Hasta ahora, la declaración de vencimiento anticipado se produce ante un número de cuotas – como mínimo, tres – impagadas por parte del cliente, mientras que el proyecto de ley prevé que los bancos no podrán vencer anticipadamente una hipoteca si el impago no ha llegado al 2% del capital concedido o nueve cuotas mensuales en la primera mitad del préstamo o al 4% del capital o doce cuotas en la segunda parte del mismo.
Otras de las medidas contempladas en este proyecto de ley no tendrán carácter retroactivo, como es el caso de las referidas a la amortización anticipada del préstamo.
La norma limita las comisiones en el caso de reembolso anticipado hasta el 4% del capital reembolsado anticipadamente en los primeros diez años de una hipoteca a tipo fijo o hasta el 3% más tarde. En el caso de préstamos a tipo variable, el banco y el cliente pactarán que sea de un máximo del 0,5% en los primeros tres años o del 0,25% en los primeros cinco, tras lo cual no podrán cobrarse comisiones por este concepto.
Tampoco serán retroactivos el reconocimiento del derecho del consumidor a convertir su deuda hipotecaria denominada en una divisa a otra moneda ni la limitación de los intereses de demora a tres veces el interés legal del dinero vigente a lo largo del periodo en el que sean exigibles.
Retraso en la trasposición
Esta reforma, cuyo proyecto de ley debe pasar ahora a trámite parlamentario, es el resultado de la trasposición de la Directiva europea de Créditos Hipotecarios, que debía haberse llevado a cabo antes del 21 de marzo de 2016.
El retraso en su aprobación es consecuencia de la situación de Gobierno en funciones del año pasado y de las tensiones políticas con Cataluña, según ha explicado el responsable económico del Gobierno este viernes.
En todo caso, España se encuentra inmersa en un procedimiento de infracción abierto por Bruselas por no trasponer la Directiva a tiempo, aunque fuentes del Ministerio explican que se espera que la aprobación llegue antes del fin de este proceso para evitar una posible multa. En todo caso, se espera la aprobación antes del primer semestre del año que viene, aunque depende del trámite parlamentario, según detallan las mismas fuentes.
Fuente: «fotocasa.es»